La búsqueda de “ciudadanía en España a través de la inversión” señala uno de los objetivos de movilidad más populares de los últimos años: la vida permanente en Europa y las ventajas del espacio Schengen. Sin embargo, desde la perspectiva de 2026, la realidad más crítica es la siguiente: la ciudadanía a través de la inversión directa nunca fue posible en España y además, el programa Golden Visa de España (Residencia por Inversión) finalizó el 3–4 de abril de 2025. Por lo tanto, hoy no existe una opción como “invertir y obtener un pasaporte directamente”; lo máximo que la inversión podía proporcionar era un camino hacia la ciudadanía a largo plazo a través de un permiso de residencia mientras el programa estaba abierto.
En este artículo, aclaramos los malentendidos sobre la ciudadanía a través de la inversión; explicamos cómo funcionaba el Golden Visa, que ahora está cerrado, el camino legal hacia la ciudadanía y qué alternativas se pueden considerar a partir de 2026. En el ámbito corporativo, también abordamos cómo la internacionalización de empresas, la nómina/EOR y la planificación de movilidad afectan estas decisiones.
¿De dónde surge la necesidad? ¿“Ciudadanía” o “Residencia”?
Detrás de la búsqueda de ciudadanía a través de la inversión generalmente hay tres motivaciones:
- Libre circulación en el espacio Schengen y liberarse de la carga de visados
- Reubicación con la familia y objetivos de calidad de vida como educación/salud
- Trasladar el negocio a Europa: establecimiento de empresas, acceso al mercado, optimización fiscal/operativa
La distinción crítica en el caso de España es la siguiente: el Golden Visa no era un “programa de ciudadanía”. El programa (mientras estaba abierto) proporcionaba un permiso de residencia a cambio de la inversión, mientras que la ciudadanía solo podía surgir a través de un proceso de “naturalización” tras ciertos años de residencia legal.
Situación a partir de 2026: El Golden Visa de España ha cerrado
El programa Golden Visa, también conocido como “Residencia por Inversión” en España, finalizó el 3–4 de abril de 2025 tras la Ley Orgánica 1/2025. A partir de 2026:
- No se aceptan nuevas solicitudes y las solicitudes presentadas después del cierre son rechazadas.
- Entre las razones para el cierre del programa, se destacaron prioridades de política pública como la crisis de vivienda y la protección del acceso a la vivienda.
- Para aquellos que tenían inversiones/solicitudes antes del cierre, pudieron surgir reglas de transición; sin embargo, esto varía caso por caso.
Este panorama proporciona una respuesta práctica a la pregunta “¿Es posible obtener la ciudadanía en España a través de la inversión?”: No; nunca fue posible directamente y el programa de residencia a través de la inversión ahora está cerrado.
¿Qué proporcionaba el Golden Visa antes del cierre, y qué no?
Lo que proporcionaba (históricamente)
El programa, que comenzó en 2013, otorgaba residencia temporal a inversores de fuera de la UE a cambio de ciertas inversiones. Las ventajas destacadas eran las siguientes:
- Entrada y salida más flexible al espacio Schengen
- Reunificación familiar: cónyuge, hijos dependientes y, en algunos casos, padres
- Flexibilidad en los requisitos de estancia mínima para renovaciones (uno de los factores que aumentaba la atractivo del programa)
Lo que no proporcionaba
- No proporcionaba un pasaporte directo (ciudadanía por inversión).
- La ciudadanía no podía lograrse a través de la inversión en sí, sino que dependía de completar el período de residencia legal y cumplir con otros requisitos.
Una estadística importante: durante la vigencia del programa, más del 93% de las solicitudes avanzaron a través de inversiones en bienes raíces. Esta concentración fortaleció el argumento de “impactos en el mercado de la vivienda” en las discusiones sobre el cierre.
Opciones de inversión (históricas) y montos mínimos
Aunque el Golden Visa ya está cerrado, los umbrales de inversión pasados siguen siendo de referencia para quienes buscan información sobre el proceso (especialmente para aquellos que invirtieron antes del cierre o intentan entender las disposiciones de transición). Los umbrales comunes mientras el programa estaba abierto eran los siguientes:
- Bienes raíces: mínimo €500.000 (residencial/comercial; se podía hipotecar la parte que excediera los €500.000; se requería que la primera parte de €500.000 estuviera libre de cargas)
- Acciones/instrumentos de capital en empresas españolas: mínimo €1.000.000
- Depósito bancario: mínimo €1.000.000 (en instituciones financieras españolas)
- Bonos del estado/instrumentos de deuda pública: mínimo €2.000.000
- Proyecto empresarial: se mencionaba en torno a €1.000.000; se evaluaba según criterios como la creación de empleo, la contribución socioeconómica o el impacto de innovación
El enfoque general del programa requería que la inversión se mantuviera durante un período determinado (históricamente, generalmente 5 años) para la continuidad de la residencia.
El camino hacia la ciudadanía: ¿por qué “a través de la inversión” y no “a través de la naturalización”?
La ciudadanía en España, incluso durante la época del Golden Visa, no era el resultado automático de la inversión. El proceso avanzaba legalmente de la siguiente manera: “residencia -> residencia permanente -> naturalización”:
- Residencia temporal: primer permiso de 1–2 años y luego renovaciones
- Residencia permanente: generalmente 5 años después de la residencia legal
- Ciudadanía (naturalización): derecho a solicitar después de 10 años de residencia legal para la mayoría de las personas
Además, en la solicitud de ciudadanía puede surgir la necesidad de renunciar a la ciudadanía actual. Sin embargo, para los ciudadanos de países iberoamericanos (como algunos países de América Latina), el período podría ser excepcionalmente más corto, de 2 años. Por lo tanto, la parte “acelerada por la inversión” se limitaba a acceder, como máximo, al permiso de residencia; el pasaporte seguía dependiendo de los requisitos de residencia e integración.
Proceso de solicitud (histórico): ¿cómo funcionaba la lógica del expediente?
Los pasos típicos en las solicitudes desde fuera de España durante la época del Golden Visa avanzaban en el siguiente marco:
- Obtención del número NIE y preparación práctica de la cuenta bancaria
- Documentación: pasaporte, fuente de fondos/capacidad financiera, prueba de inversión, seguro de salud privado, antecedentes penales y otros documentos
- Etapa de visa a través del consulado y entrada al país
- Procesos biométricos en España y tarjeta de residencia TIE
- Renovaciones y acumulación del tiempo de residencia
Esta estructura, aunque hoy el Golden Visa esté cerrado, es útil para entender la disciplina general de documentos en los procesos de “residencia legal en España”: elementos como la fuente de fondos, el seguro adecuado, los antecedentes penales y la capacidad financiera son igualmente importantes en muchos tipos de visa.
Costos y dimensión fiscal: solo el monto de inversión no es suficiente
Un error común de quienes planean mudarse o invertir en España es reducir el costo únicamente a umbrales como “€500.000/€1.000.000”. Incluso durante la época del Golden Visa, el presupuesto total crecía con conceptos como consultoría, tasas, traducción e impuestos. Los rangos históricos que aparecen en los datos de investigación se pueden resumir de la siguiente manera:
- Costos de solicitud/proceso y servicios: se podía ver un rango de aproximadamente €5.000–€10.000+ por persona
- Legal, traducción, documentación: podría ascender a un rango de €5.000–€15.000 según el expediente
- Impuestos sobre bienes raíces: impuestos de transferencia/tasas en la compra en un rango de %6–%11; además, obligaciones fiscales anuales posteriores
Punto crítico: la residencia fiscal en España no solo se relaciona con la tarjeta de residencia, sino también con la residencia efectiva y dónde se establece el centro de vida. Por lo tanto, la suposición de “obtuve la residencia, pero mi situación fiscal no cambia” puede conllevar serios riesgos.
Después del Golden Visa (2026): ¿Qué alternativas hay en España?
El cierre del Golden Visa no significa que “la mudanza a España haya terminado”; sin embargo, se ha eliminado la opción de residencia rápida basada en la inversión. A partir de 2026, las categorías alternativas destacadas son:
1) Visa No Lucrativa (Residencia sin Trabajar)
Se presenta para personas que desean vivir en España sin trabajar y que obtienen ingresos de fuentes pasivas. Típicamente, recursos financieros suficientes y seguro de salud son requisitos determinantes.
2) Visa para Nómadas Digitales
Puede ser una opción para profesionales que trabajan de forma remota. Si la estructura de la empresa, la fuente de ingresos, el contrato y el marco fiscal no están bien establecidos, puede generar riesgos. Especialmente, el estatus de los trabajadores de fuera de la UE y la estructura de seguridad social/fiscal requieren atención cuidadosa.
3) Rutas centradas en el Emprendimiento y la Innovación
Aunque la residencia a través de la inversión ha cerrado en España, las visas de emprendimiento/permisos basados en proyectos innovadores pueden ser opciones para ciertos perfiles. Aquí, el elemento determinante es más la naturaleza del proyecto, el empleo y la contribución económica que simplemente “invertí dinero”.
Otro enfoque es evaluar diferentes programas de residencia dentro de la UE y establecer un plan de movilidad a largo plazo en consecuencia (por ejemplo, combinaciones de inversión/residencia en diferentes países). En este punto, “país objetivo, plan de tiempo, residencia fiscal y estructura familiar” deben ser considerados en conjunto.
Marco Estratégico para Empresas e Inversores: Planifique la Movilidad Junto con la Operación
Leer la decisión de mudarse a España solo desde la perspectiva de inmigración sería incompleto. Especialmente para socios fundadores, quienes gestionan equipos remotos y empresas en crecimiento internacional, el tema se vincula a la internacionalización, nómina, seguridad social, obligaciones fiscales y las preguntas de “en qué país y con qué estatus se trabaja”.
El enfoque de Corpenza no se centra solo en la visa/residencia; está en la perspectiva de una estructura internacional de extremo a extremo. Por ejemplo:
- Establecimiento de empresas en la UE o reubicación de estructuras existentes
- Cumplimiento contable y fiscal internacional
- Configuración adecuada del empleo transfronterizo con modelos de Nómina/EOR
- Uso correcto de modelos como el trabajador desplazado para optimización fiscal y operativa (dependiendo de la adecuación del país y el escenario)
Con el cierre del Golden Visa, se eliminó la opción de “residencia rápida a través de la inversión”; por lo tanto, en 2026, el éxito proviene más de elegir la categoría de visa correcta, medir el impacto de la residencia fiscal y estructurar el modelo de negocio en consecuencia.
Conclusión: No hay ciudadanía a través de la inversión en España; se requiere un mapa de ruta correcto
Resumiendo:
- La ciudadanía a través de la inversión directa nunca se ofreció en España.
- El programa Golden Visa de España finalizó el 3–4 de abril de 2025 y está cerrado a nuevas solicitudes a partir de 2026.
- En el pasado, la inversión solo podía acelerar el permiso de residencia; la ciudadanía generalmente se lograba a través de la naturalización después de 10 años de residencia legal (había excepciones más cortas para ciudadanos de algunos países).
- Hoy se pueden considerar visas alternativas para España y diferentes configuraciones dentro de la UE; sin embargo, en cada escenario, fiscalidad, residencia y operación deben ser planificadas conjuntamente.
Corpenza ayuda a los inversores y empresas con objetivos de crecimiento internacional a crear un mapa de ruta sostenible al leer la decisión de residencia/mudanza junto con los requisitos de internacionalización, nómina, contabilidad y cumplimiento. Así, no solo se busca “obtener una visa”, sino también asegurar que la operación continúe funcionando de manera saludable durante los años siguientes.
Descargo de responsabilidad
Este contenido es solo para fines informativos generales; no constituye asesoría legal, fiscal o financiera. Dado que la legislación en España y la UE puede cambiar con frecuencia, recomendamos verificar las regulaciones oficiales actuales antes de presentar una solicitud y buscar apoyo de profesionales competentes en inmigración/fiscalidad para una evaluación adecuada de su situación.

